Formato de la nómina de los trabajadores

A finales del año 2014 se publicó la obligación de que las nóminas que los empresarios entregan a sus trabajadores por cuenta ajena como justificante de sus salarios tuvieran un nuevo formato.

Este nuevo formato incluye ciertos conceptos que anteriormente no se contemplaban. Si antes de esta nueva normativa junto a los componentes del salario bruto del trabajador se incorporaba la aportación que realizaba el empresario a la seguridad social, ahora también deberá incluirse la que realiza el propio empresario por dicho trabajador. Es decir, no existirán modificaciones en lo que se refiere al anterior contenido sino que se añadirá nueva información.

Dentro de la aportación realizada por el empresario a la Seguridad Social, en el nuevo formato de nómina aparecerán las cantidades destinadas al pago por contingencias comunes, contingencias profesionales, desempleo, formación profesional y FOGASA del trabajador en cuestión.

Se ha otorgado un plazo de 6 meses desde el día siguiente a la publicación en el BOE de esta normativa para que las empresas, autónomos y entidades con trabajadores adapten las nóminas entregadas a estos al nuevo formato.

Esta modificación contribuye a lo dispuesto por la Ley 27/2011 de 1 de agosto sobre actuación, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

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